- En Sesión Pública Virtual, el Pleno del TRIJEZ confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional en la que solicitó extemporáneo un recurso de inconformidad presentado por José Alfredo Barajas Romo.
Zacatecas.- En Sesión Pública Virtual, el Pleno del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Zacatecas resolvió un Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano identificado con el número de expediente TRIJEZ-JDC-011/202 promovido por José Alfredo Barajas Romo en contra de una resolución dictada por la Comisión Nacional de Justicia Partidaria del Partido Revolucionario Institucional recaída en el expediente CNJP-RI-ZAC-012/2021.

El actor manifestó en su escrito de demanda, que la autoridad responsable indebidamente declaró extemporáneo el recurso de inconformidad que presentó para controvertir los resultados obtenidos en el examen aplicado en la fase previa que se estableció en la Convocatoria para la selección y postulación de candidaturas a las presidencias municipales.
Al respecto, las Magistradas y Magistrados del TRIJEZ resolvieron, que la decisión tomada por la autoridad responsable fue correcta, puesto que del cúmulo probatorio se advierte que, efectivamente, el recurso de inconformidad fue presentado fuera del plazo establecido por la normativa interna del PRI. Por lo anterior, se confirmó la resolución impugnada.
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